RESOLUCIÓN DE AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO

viernes, 18 de marzo de 2011 | | | 0 comentarios |


Fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 39.627 de fecha 02 de marzo de 2011, la Resolución Nro. 030, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Salud, a través de la cual se prohíbe fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos, y en los lugares de trabajo.

Dicha Resolución, establece entre otros:

Artículo 3: Queda prohibido fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos y en los lugares de trabajo, cualquiera sea su uso incluyendo el transporte.”

Artículo 4:Los propietarios o los administradores de los lugares en los que esté prohibido fumar, de conformidad con la presente Resolución, deben colocar un aviso cuyas dimensiones sean iguales o mayores a 80cms (ancho) X 50cms (largo) que contenga el texto siguiente: Este es un Ambiente 100% Libre de Humo de Tabaco por Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud. El texto debe ir acompañado de un símbolo internacional de prohibición de fumar, el cual consiste en un círculo rojo con un cigarrillo encendido, cruzado por una línea roja que toca los bordes del círculo.”



Artículo 5: Los propietarios, empleadores y administradores de las áreas interiores o cerradas de los lugares de trabajo y/o los lugares públicos, cualesquiera sea su uso, incluyendo el transporte público, tienen la obligación de velar por el cumplimiento de la presente Resolución, a fin de proteger a la población de los nocivos efectos del humo de tabaco ajeno.” 
Artículo 6: En caso de incumplimiento o violación de las disposiciones previstas en esta Resolución, se impondrán sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente.

Las sanciones podrían ser las establecidas en la LOPCYMAT, en el artículo 119, numeral 19:

“De las infracciones graves: Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o disciplinarias, se sancionará al empleador o empleadora con multas de veintiséis (26) a setenta y cinco (75) unidades tributarias (U.T.) por cada trabajador expuesto cuando: (…)

#19. No identifique, evalúe y controle las condiciones y medio ambiente de trabajo que puedan afectar tanto la salud física como mental de los trabajadores y trabajadoras en el centro de trabajo, de conformidad con lo establecido en esta Ley, su Reglamento o las normas técnicas.”

La vigencia de la Resolución se inicia noventa (90) días continuos después de la nueva publicación en Gaceta Oficial (02/03/2011), es decir, que los patronos deben ajustarse a las nuevas disposiciones antes del 31 de mayo de 2011.





Red Asesores, C.A pone a  disposición de nuestros clientes la elaboración de los carteles que exige la resolución colocar en las areas de trabajo, mayor información info@redasesores.com










DECLARACIÓN TRIMESTRAL ANTE EL MINPPTRASS

miércoles, 19 de enero de 2011 | | | 0 comentarios |
A partir del día 7 de enero del presente año, en virtud de trámites internos de carácter administrativo, está suspendida la recepción de la declaración trimestral ante el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social – MINPPTRASS-, correspondiente al último trimestre del año 2010 (octubre, noviembre y diciembre) a nievl nacional, la cual se podrá realizar junto con la declaración del 1er. Trimestre (enero, febrero y marzo) del año en curso.

Dra. Meiber Beatriz Quintero Sánchez
Telf: 0412-0321951 - 0241-7111052

EXAMENES POST -VACACIONALES

jueves, 13 de enero de 2011 | | | 0 comentarios |
Estimados Patronos, responsables de Recursos Humanos y Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Una vez finalizadas las Vacaciones Colectivas por las festividades Navideñas le recordamos como su Servicio de Salud en el Trabajo que se deben realizar los Exámenes post-vacacionales, los cuales están destinados a conocer el estado de salud de los trabajadores, al momento de su reintegro al centro de trabajo una vez finalizado su período vacaional, los mismos se realizan  in company si así lo han solicitado previamente y en el Consultorio Ocupacional de la Quizanda, PREVIA CITA la cual pueden solicitar a través de nuestra página web www.redasesores.com en la sección  Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Para evitar molestias a sus trabajadores le rogamos que no los envíe sin cita.

ESTUDIO SOBRE Rx. DE CLS PREOCUPACIONAL

lunes, 10 de enero de 2011 | | | 0 comentarios |
Publicado por MARIA CRISTINA PANTANO el agosto 1, 2010 a las 12:22pm


Ver el blog de MARIA CRISTINA PANTANO

CONCLUSIONES

En este estudio se muestra la presencia de alteraciones de columna lumbo-sacra en 71 aspirantes a empleo en una fábrica de perfiles de PVC para casas prefabricadas. Estas alteraciones no tuvieron influencia en la sintomatología para dolor de espalda, encontrándose todos totalmente asintomáticos a la evaluación clínica; esto concuerda con lo que afirman algunos autores (1)(7)(8), al referir que en el 80% de los pacientes el dolor no se correlaciona con alteraciones orgánicas.

En estos casos los factores emocionales y sociales tienen un peso importante y hay que evaluarlos tanto en el diagnóstico como en el tratamiento (8). La utilización de Rx lumbo-sacro como examen médico preempleo, aportan datos aislados, no concluyentes para la toma de decisiones en el ingreso de los aspirantes. La exploración preempleo de la zona baja de la espalda con Rx, no está justificada debido a que el conocimiento sobre enfermedades anteriores es nulo. (9)

La edad de los aspirantes fue un factor importante, ya que se trata de individuos jóvenes, en edad plenamente productiva, la mayoría tenía menos de 29 años.

La preexistencia de estas alteraciones de columna lumbosacra, no sintomáticas en una población en edad productiva, lleva a pensar en los factores determinantes en la génesis de algunas alteraciones de la columna lumbo-sacra como son: la predisposición genética, bipedestación prolongada, obesidad, sedentarismo, stress laboral, posturas inadecuadas y actos inseguros en actividades físicas (Laborales y Recreacionales).

Podemos concluir que la Rx de columna lumbo-sacra no es un examen para-clínico confiable por sí solo, para ser aplicado en las evaluaciones médicas preempleo, ya que los casos asintomáticos diagnosticados en exámenes de pre - empleo no requieren de tratamiento específico y debido a la alta prevalencia de cambios degenerativos en los discos intervertebrales en trabajadores en edad productiva, no debe representar una limitación para el empleo de quien la padece si la aptitud para el trabajo es debidamente comprobada.

El enfoque preventivo del problema debe estar dirigido a la intervención de los puestos de trabajo, haciéndolos mas ergonómicos, además de la implementación de un programa de Higiene postural de la columna, fundamentado en el fortalecimiento de la musculatura asociada.

HORARIO NAVIDEÑO

jueves, 23 de diciembre de 2010 | | | 0 comentarios |

El Horario de trabajo en nuestro Consultorio Ocupacional de la Quizanda por la época de Navidad será el siguiente:
Hasta el día 23/12/10 se trabajará en horario normal, retomando las actividades el día 27/12/10 hasta el día 30/12/10, iniciando nuestro trabajo el día 06/01/11 en nuestro horario habitual.
Deseándoles una Felíz Navidad y un Año 2011 lleno de Prosperidad.
Por Red Asesores, C.A
Damiano Del Vescovo R
Presidente.

SERVICIO DE RADIOLOGÍA

jueves, 16 de diciembre de 2010 | | | 0 comentarios |
Informamos que a partir del Lunes 20 de Diciembre el servicio de Radiología ubicado en nuestro consultorio ocupacional de la Quizanda, entra en un receso por motivos de mantenimiento hasta el día 11 de Enero de 2011 en ese periodo no realizaremos exámenes de Rx.
Agradecemos su comprensión y colaboración
Damiano Del Vescovo R.
Presidente.

Solidarios con nuestros Hermanos de Pto. Cabello y Venezuela

lunes, 6 de diciembre de 2010 | | | 0 comentarios |
Red Asesores, C.A se solidariza con nuestros hermanos que en diferentes regiones del país sufren las consecuencias de las torrenciales lluvias. Se han constituido 4 Centros de Acopio en Valencia en las siguientes localidades:
  • Cámara de Comercio de Valencia, Av. Bolivar Norte Edf: Cámara de Comercio Mezzanina (frente a Don Regalón).
  • Cámara de Indstriales del Estado Carabobo Zona Industrial Municipal Norte, Avenida Ernesto L. Branger, Edificio Cámara de Industriales.
  • CAPEMIAC, Parque Industrial "La Quizanda", Cuarta Calle de Penetración, Edificio CAPEMIAC. - Valencia - Carabobo - Venezuela
  • Cámara de Comercio de Puerto Cabello, Urbanización Cumboto Norte, Edificio Cámara de Comercio. Piso 1 - Puerto Cabello.
Se necesitan Cobijas, Colchonetas, Alimentos no perecederos, medicinas, agua en anvases menores de 20 litros.
Seamos solidarios en esta época critica para muchos Venezolanos Dios se lo pague.!!