lunes, 18 de abril de 2011 | | | 0 comentarios |
El Artículo 120 # 8 de la LOPCYMAT contempla multas para el empleador de hasta 100UT por trabajador si "no organice o mantenga los sistemas de atención de primeros auxilios, transporte de lesionados, atención médica de emergencia y respuesta y planes de contingencia...."

En otras palabras el empleador está en la obligación de organizar las brigadas de primeros auxilios así como elaborar los planes de contingencia ante una emergencia y darle formación a los trabajadores en esta materia.  Por eso le ofrecemos el taller PLANES DE EMERGENCIAY FORMACIÓN DE BRIGADAS EN LA PYME, el mismo será dictado por especialistas en lel área en los salones de CAPEMIAC el próximo Jueves 19 de Mayo de 8am a 12m. Para mayor información y reservaciones por la dirección electrónica info@redasesores.com o por el teléfono Master 0241-824911 CUPOS LIIMITADOS

HORARIO DE SEMANA SANTA

martes, 12 de abril de 2011 | | | 0 comentarios |
Debido al asueto del 19 de Abril de la Semana Santa nuestras actividades serán suspendidas desde el 19 hasta el 25 de Abril de 2011.

RIESGO OCUPACIONAL INFLUENZA AH1N1

martes, 22 de marzo de 2011 | | | 0 comentarios |
El riesgo de exposición ocupacional al virus de la influenza A H1N1 puede variar de muy alto a bajo. El nivel de riesgo depende de si la actividad laboral exige proximidad o contacto frecuente o extendido con personas potencialmente infectadas con el virus de la influenza AH1N1.

De acuerdo con este criterio se puede clasificar a los trabajadores en cuatro grupos de riesgo.

1 OSHA 3327-02N 2007. Guidance on preparing workplaces for an influenza pandemic. P 11

Muy alto riesgo de exposición. Ocupaciones en las cuales existe una gran probabilidad de exposición a altas concentraciones de fuentes conocidas o sospechosas de estar infectadas. En este grupo están incluidos los trabajadores de la salud que realizan procedimientos que generan aerosoles en pacientes conocidos o sospechosos de estar infectados, por ejemplo: inducción de tos, intubación traqueal, broncoscopios, algunos procedimientos dentales o recolección invasiva de especímenes.

Alto riesgo de exposición. Personal de salud que tiene contacto con pacientes sospechosos o confirmados de estar infectados, pero que no realizan procedimientos que generen aerosoles. Personal que transporta y que realiza autopsias de pacientes sospechosos o confirmados de estar infectados.

Riesgo medio de exposición. Trabajadores con alta frecuencia de contacto con población general. Por ejemplo establecimientos educativos, atención al público, etc.

Bajo riesgo de exposición. Trabajadores con mínimo contacto ocupacional con público en general, por ejemplo trabajadores de oficina.

Es importante tener especial consideración de trabajadores claves en la atención de emergencias como por ejemplo bomberos, fuerza pública, defensa civil. De igual manera trabajadores responsables del suministro de servicios públicos como agua potable, energía y telecomunicaciones. Además, los trabajadores de aerolíneas, transporte de pasajeros y carga y de puertos son claves desde el punto de exposición ocupacional.

MEDIDAS PREVENTIVAS

Medidas generales para todos los centros de trabajo. Las siguientes prácticas básicas de higiene personal y de distanciamiento personal pueden ayudar a proteger la salud de los trabajadores en todos los centros de trabajo:
 
 Enviar a los trabajadores con síntomas respiratorios al servicio de salud de Red Asesores, C.A para su evaluación. El médico emitirá un reposo de 3 días bajo vigilancia. Permanecer en casa.

 Capacitar a los trabajadores sobre las técnicas adecuadas para el lavado de manos y promover el lavado frecuente de las mismas.

 Los trabajadores deben cubrirse la boca y nariz, con un pañuelo desechable, cuando se produce tos o estornudos, el cual debe ser desechado luego de utilizarlo. En caso de no disponer de pañuelos desechables, se puede cubrir con la parte superior de las mangas. Lavarse las manos inmediatamente después de toser o estornudar.

 Suministrar a los trabajadores jabón u otras sustancias desinfectantes para el adecuado lavado de manos, al igual que toallas desechables para el secado.

 Los trabajadores deben evitar contacto estrecho con sus compañeros de trabajo y clientes. Se recomienda mantener una distancia mínima de 2 metros.

 Evitar dar la mano y siempre lavarse las manos después del contacto con los demás. Incluso si el trabajador usa guantes desechables, debe lavarse las manos luego de eliminar los guantes.

 Proporcionar a los clientes y público en general lienzos, recipientes de basura e instalaciones adecuadas para el lavado de manos.

 Mantener limpias las superficies de trabajo, teléfonos, equipos de computación y otros dispositivos y equipos de trabajo que usen frecuentemente los trabajadores.

 Recomendar a los trabajadores no usar equipos de trabajo de otros compañeros de trabajo.

 Minimizar las reuniones y propiciar la comunicación vía correo electrónico, teléfono u otros medios que no impliquen interacción directa persona a persona. Cuando las reuniones sean imprescindibles se debe garantizar salas con adecuada ventilación y mantener una distancia mínima de dos metros entre los asistentes.

 Reducir o eliminar las interacciones sociales innecesarias, como por ejemplo evitar que los familiares de los trabajadores visiten los centros de trabajo.

 Promover estilos de vida saludable como una buena nutrición, ejercicio físico y abandonar el hábito de fumar.

 Promover la vacunación anual contra la Influenza.

Con respecto a trabajadores, que han viajado en los últimos 10 días a áreas donde está presente la enfermedad o han tenido contacto directo con un compañero de trabajo o miembro de la familia con sospecha o probable caso de influenza A H1N1, tienen un riesgo incrementado de desarrollar dicha enfermedad. Por tal razón deben ser sometidos a vigilancia para detectar síntomas como fiebre mayor a 37.5º C, tos o dificultad respiratoria.

Si dichos síntomas se presentan, el trabajador no debe asistir al trabajo u otras áreas públicas. Debe asistir inmediatamente al servicio médico de Red Asesores, C.A la que le indicara de acuerdo al protocolo establecido que debe hacer. (tomar las medidas de precaución recomendadas para el hogar y los miembros de la familia).

Centros de trabajo clasificados como de bajo riesgo de exposición ocupacional. Si la actividad económica desarrollada en el centro de trabajo no exige que los trabajadores estén en contacto frecuente con el público en general, además de las medidas de higiene y de distanciamiento social, es importante tratar de seguir las siguientes recomendaciones:

 Comunicar a los trabajadores las opciones disponibles para trabajar desde la casa.

 Estar seguro de que sus trabajadores conocen donde se encuentran los suministros de higiene para el lavado de manos.

 Realizar seguimiento a los comunicados oficiales sobre la evolución de la pandemia y garantizar el acceso de los trabajadores a dicha información.
 
Centros de trabajo clasificados como de riesgo medio de exposición ocupacional. Son los lugares donde se requiere un contacto frecuente y estrecho entre los trabajadores y el público general. Si este contacto no se puede evitar hay prácticas adicionales a las básicas de higiene y de distanciamiento personal, que pueden reducir el riesgo de infección.

Controles de ingeniería y prácticas de trabajo:

 Instruir a los trabajadores para evitar el contacto estrecho con otros compañeros y el público en general. Esto se puede lograr incrementando el espacio entre trabajadores y el público, de tal manera que se garantice un espacio mínimo de dos metros entre uno y otros.

 Algunas organizaciones pueden utilizar estrategias de atención al cliente vía Internet o por teléfono o entrega a domicilio, con el fin de minimizar el contacto directo y de esta manera mantener trabajadores y clientes saludables.

 El empleador puede suministrar exámenes médicos u otro tipo de recursos para los trabajadores, en el contexto de su programa de salud ocupacional.

 Analizar la necesidad de mejorar la ventilación de los sitios de trabajo.

Controles administrativos:

Avalar el reposo médico después de los 3 día ante el IVSS.

Estar seguro de que sus trabajadores conocen donde se encuentran los suministros de higiene para el lavado de manos.

Mantenga informados a sus clientes sobre los síntomas de la enfermedad y solicite a los clientes sintomáticos minimizar el contacto con sus trabajadores.

Equipos de protección personal. Los trabajadores que tienen frecuentemente contacto estrecho con la población general, el cual no puede ser minimizado usando controles administrativos o de ingeniería, y que no se espera que tengan contacto con personas enfermas, pueden usar equipo de protección personal para prevenir el contagio a través de gotas de saliva provenientes de la tos o estornudos de los clientes. Una mascarilla quirúrgica puede proporcionar dicha protección. El uso de respirador puede ser considerado si existe la probabilidad de contacto estrecho con personas enfermas. Es importante capacitar y motivar a los trabajadores para el uso adecuado de dichos equipos de protección personal.

De manera general no se recomienda protección visual para prevenir la influenza en este tipo de trabajadores y de centros de trabajo. No se considera útil el uso de guantes desechables. Sin embargo, si se opta por tal opción es importante lavarse las manos inmediatamente se desechen.

Centros de trabajo clasificados como de alto y muy alto riesgo de exposición ocupacional. Como ya se dijo este grupo se refiere a las instituciones prestadoras de servicios de salud. Por su naturaleza en estos centros de trabajo existe una alta probabilidad de que los trabajadores entren en contacto con personas enfermas. Por tal razón se sugiere que las instituciones prestadoras de servicios de salud profundicen las medidas que se expresan en este comunicado.

Con respecto a la protección respiratoria de los trabajadores de muy alto riesgo, esta debe tener las siguientes características: respiradores personales con capacidad de filtrar partículas 1 µ de tamaño con una eficacia del filtro mayor de 95% (salida del filtro < del 5%), a caudales de hasta 50 L por minuto.

Estos respiradores se conocen como N – 95 o de alta eficiencia y requieren:

 Ser de uso individual.

 Mantenerse ajustados al marco facial.

 Ser de uso estricto para trabajadores que atenderán casos sospechosos y probables.

 Desecharse cuando se observen manchas, humedad o porosidad.

La profilaxis está indicada en trabajadores de la salud con contactos de alto riesgo, es decir, trabajadores de la salud con contacto de pacientes sospechosos, probables o confirmados sin protección. Se recomienda usar Oseltamivir a dosis de 75 miligramos, una vez al día, por siete (7) días.

RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR

Corresponde a los empleadores en el contexto de la LOPCYMAT la ejecución de las actividades del Programa de Salud Ocupacional además de priorizar aquellas actividades destinadas a proteger la salud de sus trabajadores del contagio con virus A H1N1.

Los empleadores deben garantizar el acceso de sus trabajadores a instalaciones que permitan el desarrollo de las medidas básicas de higiene, por lo anterior es indispensable que todas los centros de trabajo cumplan como mínimo con lo estipulado en el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, especialmente en sus artículos 87, 88, 89, 90, 91, 92,93.y de la normas COVENIN.

De la misma forma los empleadores contarán con la asistencia técnica de Red Asesores, C.A siempre que lo soliciten para la selección y adquisición de los elementos de protección personal, y para la capacitación en el uso, mantenimiento y reposición de dichos elementos.

RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJADORES

Los trabajadores deben cumplir con las medidas de prevención adoptadas en los centros de trabajo. (Art. 54, 55 de la LOPCYMAT) Es importante que los trabajadores cuenten con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo para canalizar todas sus inquietudes con respecto a las formas de prevención de la enfermedad.

Los trabajadores deben asistir a las capacitaciones suministradas por los empleadores y poner en práctica las técnicas de higiene y de distanciamiento personal.

Con respecto a los elementos de protección personal los trabajadores, previa capacitación, son responsables del uso adecuado de dichos elementos.(Art. 54 y 55 de la LOPCYMAT).

INFOGRAFIA PARA IMPRIMIR Y COLOCAR EN SITIOS VISIBLES









 





RESOLUCIÓN DE AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO

viernes, 18 de marzo de 2011 | | | 0 comentarios |


Fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 39.627 de fecha 02 de marzo de 2011, la Resolución Nro. 030, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Salud, a través de la cual se prohíbe fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos, y en los lugares de trabajo.

Dicha Resolución, establece entre otros:

Artículo 3: Queda prohibido fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos y en los lugares de trabajo, cualquiera sea su uso incluyendo el transporte.”

Artículo 4:Los propietarios o los administradores de los lugares en los que esté prohibido fumar, de conformidad con la presente Resolución, deben colocar un aviso cuyas dimensiones sean iguales o mayores a 80cms (ancho) X 50cms (largo) que contenga el texto siguiente: Este es un Ambiente 100% Libre de Humo de Tabaco por Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud. El texto debe ir acompañado de un símbolo internacional de prohibición de fumar, el cual consiste en un círculo rojo con un cigarrillo encendido, cruzado por una línea roja que toca los bordes del círculo.”



Artículo 5: Los propietarios, empleadores y administradores de las áreas interiores o cerradas de los lugares de trabajo y/o los lugares públicos, cualesquiera sea su uso, incluyendo el transporte público, tienen la obligación de velar por el cumplimiento de la presente Resolución, a fin de proteger a la población de los nocivos efectos del humo de tabaco ajeno.” 
Artículo 6: En caso de incumplimiento o violación de las disposiciones previstas en esta Resolución, se impondrán sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente.

Las sanciones podrían ser las establecidas en la LOPCYMAT, en el artículo 119, numeral 19:

“De las infracciones graves: Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o disciplinarias, se sancionará al empleador o empleadora con multas de veintiséis (26) a setenta y cinco (75) unidades tributarias (U.T.) por cada trabajador expuesto cuando: (…)

#19. No identifique, evalúe y controle las condiciones y medio ambiente de trabajo que puedan afectar tanto la salud física como mental de los trabajadores y trabajadoras en el centro de trabajo, de conformidad con lo establecido en esta Ley, su Reglamento o las normas técnicas.”

La vigencia de la Resolución se inicia noventa (90) días continuos después de la nueva publicación en Gaceta Oficial (02/03/2011), es decir, que los patronos deben ajustarse a las nuevas disposiciones antes del 31 de mayo de 2011.





Red Asesores, C.A pone a  disposición de nuestros clientes la elaboración de los carteles que exige la resolución colocar en las areas de trabajo, mayor información info@redasesores.com










DECLARACIÓN TRIMESTRAL ANTE EL MINPPTRASS

miércoles, 19 de enero de 2011 | | | 0 comentarios |
A partir del día 7 de enero del presente año, en virtud de trámites internos de carácter administrativo, está suspendida la recepción de la declaración trimestral ante el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social – MINPPTRASS-, correspondiente al último trimestre del año 2010 (octubre, noviembre y diciembre) a nievl nacional, la cual se podrá realizar junto con la declaración del 1er. Trimestre (enero, febrero y marzo) del año en curso.

Dra. Meiber Beatriz Quintero Sánchez
Telf: 0412-0321951 - 0241-7111052

EXAMENES POST -VACACIONALES

jueves, 13 de enero de 2011 | | | 0 comentarios |
Estimados Patronos, responsables de Recursos Humanos y Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Una vez finalizadas las Vacaciones Colectivas por las festividades Navideñas le recordamos como su Servicio de Salud en el Trabajo que se deben realizar los Exámenes post-vacacionales, los cuales están destinados a conocer el estado de salud de los trabajadores, al momento de su reintegro al centro de trabajo una vez finalizado su período vacaional, los mismos se realizan  in company si así lo han solicitado previamente y en el Consultorio Ocupacional de la Quizanda, PREVIA CITA la cual pueden solicitar a través de nuestra página web www.redasesores.com en la sección  Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Para evitar molestias a sus trabajadores le rogamos que no los envíe sin cita.

ESTUDIO SOBRE Rx. DE CLS PREOCUPACIONAL

lunes, 10 de enero de 2011 | | | 0 comentarios |
Publicado por MARIA CRISTINA PANTANO el agosto 1, 2010 a las 12:22pm


Ver el blog de MARIA CRISTINA PANTANO

CONCLUSIONES

En este estudio se muestra la presencia de alteraciones de columna lumbo-sacra en 71 aspirantes a empleo en una fábrica de perfiles de PVC para casas prefabricadas. Estas alteraciones no tuvieron influencia en la sintomatología para dolor de espalda, encontrándose todos totalmente asintomáticos a la evaluación clínica; esto concuerda con lo que afirman algunos autores (1)(7)(8), al referir que en el 80% de los pacientes el dolor no se correlaciona con alteraciones orgánicas.

En estos casos los factores emocionales y sociales tienen un peso importante y hay que evaluarlos tanto en el diagnóstico como en el tratamiento (8). La utilización de Rx lumbo-sacro como examen médico preempleo, aportan datos aislados, no concluyentes para la toma de decisiones en el ingreso de los aspirantes. La exploración preempleo de la zona baja de la espalda con Rx, no está justificada debido a que el conocimiento sobre enfermedades anteriores es nulo. (9)

La edad de los aspirantes fue un factor importante, ya que se trata de individuos jóvenes, en edad plenamente productiva, la mayoría tenía menos de 29 años.

La preexistencia de estas alteraciones de columna lumbosacra, no sintomáticas en una población en edad productiva, lleva a pensar en los factores determinantes en la génesis de algunas alteraciones de la columna lumbo-sacra como son: la predisposición genética, bipedestación prolongada, obesidad, sedentarismo, stress laboral, posturas inadecuadas y actos inseguros en actividades físicas (Laborales y Recreacionales).

Podemos concluir que la Rx de columna lumbo-sacra no es un examen para-clínico confiable por sí solo, para ser aplicado en las evaluaciones médicas preempleo, ya que los casos asintomáticos diagnosticados en exámenes de pre - empleo no requieren de tratamiento específico y debido a la alta prevalencia de cambios degenerativos en los discos intervertebrales en trabajadores en edad productiva, no debe representar una limitación para el empleo de quien la padece si la aptitud para el trabajo es debidamente comprobada.

El enfoque preventivo del problema debe estar dirigido a la intervención de los puestos de trabajo, haciéndolos mas ergonómicos, además de la implementación de un programa de Higiene postural de la columna, fundamentado en el fortalecimiento de la musculatura asociada.